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Estado civil

Para solicitar el registro de las variaciones de estado civil es necesario reservar una cita a través del portal Prenot@mi para el servicio de Anágrafe y Estado Civil.

La Oficina de Estado Civil de la Embajada registra las variaciones concernientes a los ciudadanos italianos presentes en la Circunscripción consular (nacimiento, matrimonio, nacimiento de los hijos, divorcio, defunciones, etc.).

  • En particular, recibe los actos emitidos por las Autoridades cubanas y los envía a los municipios italianos para su transcripción.
  • Transmite las solicitudes para el cambio de nombre o apellido, por ridículo o vergonzoso, a las prefecturas competentes; así como las solicitudes para el restablecimiento del apellido atribuido al nacer.
  • Transmite las sentencias (divorcio, reconocimiento de paternidad, etc.) a los Municipios competentes.

Se informa que, conjuntamente con la solicitud de transmisión al Municipio competente de un acto de nacimiento o de un matrimonio, se podrá fijar de oficio la cita para el pasaporte o para la solicitud de visa.

 

NACIMIENTO

Registro del nacimiento del hijo de un ciudadano italiano en el extranjero: para realizar la comunicación de un nacimiento, es necesario presentar en la Oficina Consular los siguientes documentos:

  • Documentación que acredite la ciudadanía italiana de al menos uno de los padres (pasaporte, documento de identidad italiano o certificado de ciudadanía italiana).
  • Documento de identificación válido de ambos padres + 1 fotocopia.
  • “Tarjeta de menor” del niño/a + 1 fotocopia.
  • Certificado de nacimiento original legalizado por el MINREX, con traducción al italiano.
  • Acta de reconocimiento de paternidad realizada en la notaría cubana, legalizada por el MINREX y traducida al italiano, en el caso de un hijo no nacido dentro del matrimonio (costo de la legalización en la Embajada 37 euros).
  • Formulario completado por el padre italiano con la solicitud de envío del acta de nacimiento al Municipio italiano de residencia o de inscripción AIRE. (ver MODULISTICA)
  • El costo de la legalización del acta de nacimiento para uso de transcripción es de 11 euros a pagar en efectivo [NOTA: A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2025 LA TARIFA SERA’ DE € 12].
    NOTA: En caso de que se considere necesario, la Oficina Consular se reserva el derecho de solicitar cualquier otro tipo de documentación adicional.

 

MATRIMONIO O UNIÓN CIVIL

En caso de matrimonio/unión civil celebrado ante la Autoridad cubana, será responsabilidad del interesado presentar en la Embajada:

  • Documentación que acredite la ciudadanía italiana de al menos uno de los cónyuges (pasaporte o documento de identidad italiano).
  • Acta de matrimonio/unión civil original, con la correspondiente legalización del MINREX y traducción al italiano (original + fotocopia).
  • Documento de identificación válido del cónyuge extranjero.
  • Formulario completado y firmado por el cónyuge italiano. (ver MODULISTICA)
  • El costo de la legalización del acta para uso de transcripción es de 11 euros a pagar en efectivo [NOTA: A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2025 LA TARIFA SERA’ DE € 12].

IMPORTANTE:

  • Si el matrimonio/unión civil se ha celebrado a través de un PODER, es necesario presentar, además de la documentación mencionada, el acta de poder original o copia declarada conforme al original legalizada ante el MINREX y traducida al italiano.
  • Se señala que la normativa italiana no permite la transcripción de actos de matrimonio/unión civil en los que los contratantes, o uno de ellos, sean menores de 16 años.
  • En caso de que se haya elegido el régimen patrimonial de separación de bienes, será necesario verificar si la información ha sido incluida en el acta. En caso contrario, es necesario producir la correspondiente acta notarial legalizada por el MINREX y traducida.

 

DIVORCIO

Registro en Italia de una SENTENCIA DE DIVORCIO cubana.

Primero, hay que considerar que una sentencia de divorcio pronunciada en el extranjero no se considera automáticamente válida en Italia.
Los documentos necesarios para su reconocimiento son:

  • La sentencia en forma íntegra firme (original o copia autenticada) legalizada por el MINREX y traducida al italiano.
  • La declaración sustitutiva de acto notorio con solicitud de reconocimiento del divorcio en Italia. (ver MODULISTICA)

 

ACTA DE DIVORCIO NOTARIAL

Este tipo de divorcio, no previsto por la Ley italiana, está previsto por la Ley cubana previo acuerdo entre las partes y produce efectos a partir de la fecha de la escritura notarial. Los documentos necesarios para su reconocimiento son:

  • Acta notarial de divorcio en forma íntegra (original o copia autenticada) legalizada por el MINREX y traducida al italiano.
  • La declaración sustitutiva de acto notorio con solicitud de reconocimiento del divorcio en Italia. (ver MODULISTICA)

 

MUERTE

Los documentos necesarios para registrar en Italia el fallecimiento de un italiano ocurrido en Cuba son:

  • Acta de defunción original emitida por la competente Oficina de Estado Civil cubana, debidamente legalizada por el MINREX y traducida al italiano.
  • Documentación relativa a la ciudadanía del fallecido: documento de identidad, pasaporte italiano o certificado de ciudadanía italiana.
  • Formulario. (ver MODULISTICA)
  • El costo de la legalización del acta para uso de transcripción es de 11 euros a pagar en efectivo [NOTA: A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2025 LA TARIFA SERA’ DE € 12].

 

NOTAS

  • La documentación en original podrá ser presentada directamente por el interesado o por una persona de su confianza, provista de un poder acompañado de una copia de un documento de identidad válido del delegante.
  • Antes de presentar los actos, verifique la exactitud de los datos en ellos contenidos (en particular del nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento). En caso de errores, es necesario obtener la rectificación del acto por parte de la Oficina de Estado Civil cubana que lo emitió.
  • Los actos emitidos por Oficinas de Estado Civil cubanas deberán ser legalizados por el MINREX (a través de la Consultoría Jurídica Internacional).
  • Los actos emitidos por la Oficina de Estado Civil competente deberán ser traducidos al italiano por un Traductor público (ESTI) o por otro traductor privado.
  • Se recomienda al público presentar actos bien legibles con vistas a su transmisión al Municipio competente.