La Ley n.º 69 del 18 de junio de 2009 reconoce el efecto de publicidad legal únicamente a los actos y a los procedimientos administrativos publicados por los Entes Públicos en sus propios sitios informáticos. En particular, el art. 32, párrafo 1 de la ley ha establecido que “a partir del 1 de enero de 2010, las obligaciones de publicación de actos y procedimientos administrativos que tengan efecto de publicidad legal se consideran cumplidas con la publicación en sus propios sitios informáticos por parte de las administraciones y los entes públicos obligados”.
El siguiente párrafo 5 del mismo art. 32 precisa que “a partir del 1 de enero de 2010, las publicaciones realizadas en forma impresa no tienen efecto de publicidad legal”. En esta sección es posible consultar los actos relacionados con trámites en curso en la Cancillería Consular de la Embajada de Italia en La Habana.