La ley n.26 del 28 de febrero de 2026 introdujo una novedad en materia de adquisición de la ciudadanía italiana por beneficio de ley.
En particular, la ley ha dispuesto la prórroga del plazo previsto en el artículo 1, apartado 1-ter, del Decreto Ley n.º 36, de 28 de marzo de 2025, para poder presentar la solicitud de ciudadanía italiana en favor de algunos menores nacidos en el extranjero de ciudadanos italianos que poseen otra ciudadanía.
En concreto, las personas que no hubieran cumplido los 18 años de edad a fecha de 24 de mayo de 2025, y que son hijos de ciudadanos italianos por nacimiento que se encuentren en las condiciones previstas en las letras a), a-bis) y b) del artículo 3-bis de la Ley n.91/1992, pueden adquirir la ciudadanía por beneficio de ley presentando la declaración prevista antes del 31 de mayo de 2029, y ya no hasta el 31 de mayo de 2026.
Se invita a los usuarios a consultar atentamente la normativa y toda la información relevante disponible en la página web dedicada a la ciudadanía en el sitio de la Embajada de Italia en La Habana: Ciudadanía – Ambasciata d’Italia L’Avana