ENTRAR A CUBA
En aplicación de las recientes medidas adoptadas por las Autoridades cubanas, el espacio aéreo nacional ha sido abierto nuevamente a los vuelos comerciales de línea. Luego de la medianoche del 15 de noviembre fue reabierto el aeropuerto internacional “Jose Martí” de La Habana también a las operaciones aéreas comerciales, tanto de línea como los chárter. Además, a diferencia de lo dispuesto en la fase inicial de la pandemia, aquellos que deseen entrar a Cuba ya no están obligados a solicitar, con ese fin, una autorización específica.
Al respecto, las competentes Autoridades de la salud han instituido un protocolo de control sanitario, que prevé las siguientes medidas:
A los turistas que arriben a Cuba se les realizará un solo test PCR a su llegada al aeropuerto. No están obligados a cuarentena cuando lleguen. Las Autoridades sanitarias dispondrán las medidas de vigilancia sanitaria idóneas sin limitar la libertad de movimiento de los turistas, tanto en los hoteles/hostales, como en las casas privadas de alquiler donde estos se alojarán.
Las otras categorías de viajeros por el contrario se les realizará dos test PCR. El primero al arribo al aeropuerto y el segundo al quinto día de la llegada. En caso de resultado positivo, el viajero es trasladado al hospital o a uno de los centros de vigilancia epidemiológica. De cualquier manera, el viajero será puesto bajo control sanitario por un periodo de diez días, o de todas formas hasta obtener resultado negativo del segundo PCR, en la dirección de residencia/domicilio/permanencia comunicado a la entrada en el territorio nacional. El viajero está obligado, de cualquier manera, a contactar el consultorio médico competente en su propio municipio di residencia/domicilio/permanencia.
A partir del 1° de diciembre, todos los viajeros que lleguen deben pagar en el aeropuerto una tasa sanitaria de 30 USD o el equivalente en otra moneda extranjera convertible.
Para una información más detallada se recomienda consultar las Respuestas a las Preguntas Frecuentes (FAQ) publicadas en el sito del Ministerio de Salud Publica cubano en la dirección https://salud.msp.gob.cu/preguntas-y-respuestas-sobre-el-control-sanitario-internacional/
SALIDA DE CUBA
Expira, para las personas con doble ciudadanía que sean residentes en Cuba, la obligación de obtener la autorización de abandonar el País por parte de las competentes Autoridades cubanas (Ministerio del Interior – Inmigración). Los ciudadanos italianos residentes en Cuba que deseen salir del territorio cubano podrán hacerlo, sobre la base de la disponibilidad de vuelos, sin informar con anterioridad a las Autoridades de Inmigración.
ENTRADA EN ITALIA
Quedan vigentes las medidas adoptadas por el Gobierno italiano. Para informaciones actualizadas, se recomienda consultar la última versión de las Respuestas a las preguntas frecuentes (FAQ), publicadas en el sito de la Farnesina a la dirección https://www.esteri.it/mae/it/ministero/normativaonline/decreto-iorestoacasa-domande-frequenti/focus-cittadini-italiani-in-rientro-dall-estero-e-cittadini-stranieri-in-italia.html