Se informa a nuestros usuarios que en base al Reglamento (UE) 2019/1157, a partir del 3 de agosto ya no serán válidas las Tarjetas de Residencia para los familiares de ciudadanos UE en formato de papel impreso. Los titulares de las mencionadas Tarjetas que no hayan convertido su documento en formato de tarjeta magnética deberán entonces disponer de un visado para cruzar las fronteras. Se mantiene la posibilidad para los ciudadanos extranjeros que hayan hecho la solicitud de actualización de su título y cuya solicitud no esté aún perfeccionada, de reingresar en el territorio nacional a través de vuelo directo exhibiendo el recibo de renovación de su documento de residencia.
NOVEDADES – TARJETA DE RESIDENCIA
2023-07-21

Maeci